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Real Cedula de S. M. y señores de consejo, por la qual se manda cumplir, y
guardar las dos resoluciones insertas sobre que los alumnos de los
Colegios de educación, no puedan contraer matrimonio, ni ligarse para ello
sin la Real licencia: entendiendose lo mismo con los individuos de uno, y
otro sexo, que estén en Universidades, Seminarios, ó Casas de enseñanza,
erigidos con autoridad pública: todo en la conformidad que se expresa |
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